miércoles, 15 de julio de 2009

Casos de Delitos Informáticos

El autor, empleado del Citibank, tenía acceso a las terminales de computación de la institución bancaria. Aprovechando esta circunstancia utilizó, en varias oportunidades, las terminales de los cajeros, cuando ellos se retiraban, para transferir, a través del sistema informático, fondos de distintas cuentas a su cuenta personal.Posteriormente, retiró el dinero en otra de las sucursales del banco.

En primera instancia el Juez calificó los hechos como constitutivos del delito de hurto en forma reiterada. La Fiscalía de Cámara solicitó el cambio de calificación, considerando que los hechos constituían el delito de estafa.

La Cámara del crimen resolvió:

«... y contestando a la teoría fiscal, entiendo que le asiste razón al Dr. Galli en cuanto sostiene que estamos en presencia del tipo penal de hurto y no de estafa. Ello es así porque el apoderamiento lo hace el procesado y no le entrega el banco por medio de un error, requisito indispensable para poder hablar de estafa. El apoderamiento lo hace el procesado directamente, manejando el sistema de computación. De manera que no hay diferencia con la maniobra normal del cajero, que en un descuido se apodera del dinero que maneja en caja y la maniobra en estudio en donde el apoderamiento del dinero se hace mediante el manejo de la computadora...»

Como el lector advertirá, la resolución adolece de los problemas de adecuación típica a que hacíamos referencias más arriba.

En realidad, el cajero no realizó la conducta de apoderamiento que exige el tipo penal del hurto ya que recibió el dinero de manos del cajero. En el caso de que se considere que el apoderamiento se produjo en el momento en el que el autor transfirió los fondos a su cuenta, el escollo de adecuación típica insalvable deriva de la falta de la «cosa mueble» como objeto del apoderamiento exigido por el tipo penal.

Estafas electrónicas: La proliferación de las compras telemáticas permite que aumenten también los casos de estafa. Se trataría en este caso de una dinámica comisiva que cumpliría todos los requisitos del delito de estafa, ya que además del engaño y el «animus defraudandi» existiría un engaño a la persona que compra. No obstante seguiría existiendo una laguna legal en aquellos países cuya legislación no prevea los casos en los que la operación se hace engañando al ordenador.

«Pesca» u «olfateo» de claves secretas: Los delincuentes suelen engañar a los usuarios nuevos e incautos de la Internet para que revelen sus claves personales haciéndose pasar por agentes de la ley o empleados del proveedor del servicio. Los «sabuesos» utilizan programas para identificar claves de usuarios, que más tarde se pueden usar para esconder su verdadera identidad y cometer otras fechorías, desde el uso no autorizado de sistemas de computadoras hasta delitos financieros, vandalismo o actos de terrorismo.

Estratagemas: Los estafadores utilizan diversas técnicas para ocultar computadoras que se «parecen» electrónicamente a otras para lograr acceso a algún sistema generalmente restringido y cometer delitos. El famoso pirata Kevin Mitnick se valió de estratagemas en 1996 para introducirse en la computadora de la casa de Tsutomo Shimamura, experto en seguridad, y distribuir en la Internet valiosos útiles secretos de seguridad.

Juegos de azar: El juego electrónico de azar se ha incrementado a medida que el comercio brinda facilidades de crédito y transferencia de fondos en la Red. Los problemas ocurren en países donde ese juego es un delito o las autoridades nacionales exigen licencias. Además, no se puede garantizar un juego limpio, dadas las inconveniencias técnicas y jurisdiccionales que entraña su supervisión.

Fraude: Ya se han hecho ofertas fraudulentas al consumidor tales como la cotización de acciones, bonos y valores o la venta de equipos de computadora en regiones donde existe el comercio electrónico.

Blanqueo de dinero: Se espera que el comercio electrónico sea el nuevo lugar de transferencia electrónica de mercancías o dinero para lavar las ganancias que deja el delito, sobre todo si se pueden ocultar transacciones.

7 comentarios:

  1. A criterio personal, el mundo de las estafas es viable totalmente, es mas es injusticiable muchas veces por falta de reglamentacion.

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  2. exactamente como comenta la persona que esta arriba, a veces es imposible que la justicia llegue a todos aquellos que utilizan cualquier mecanismo de estafa en especial en el ambito informatico, por la falta de reglamentacion

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  3. la estafa es muy viable en lugares donde se es "confianzudo", creo que el paraguayo de naturaleza lo es, por esto se debería realizar una educación de los nuevos métodos digitales de pago. Pero en el caso citado del Citibank, según mi punto de vista es mas un robo que estafa, ya que lo hizo quitando "dinero digital" de cuentas ajenas, y el cajero se lo entrega porque es lo que dice la computadora, aunque la seguridad del banco en este caso se vio débil por culpa de un tercero que tampoco realizo bien su trabajo en la auditoria de la seguridad para poder prevenir estos tipos de robos.

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  4. creo que ya deje comentarios en este blog pero aqui va otro y no por ello menos cierto que los delitos informaticos se incrementa a medida que crece la tegnologia y se hace necesario el conocimieto en computacion avanzada para no se una victima de estas malechores ciber espaciales

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  5. debido a que su sistema es vulnerable a este tipo de acciones, y el sujeto detecto esos agujeros en su seguridad, aprovecho para robar ese dinero, yo lo considero un robo mas que una estafa..

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  6. Los delitos informaticos ya constituyen una constante por el arraigo de la informática y su utilización en nuestra vida cotidiana..

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  7. Excelente trabajo compa se nota que investigaste mucho para elaborar tu respuesta

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